Asesoramiento legal en conflictos de consorcio, administración, expensas y reglamentos en Ciudad de Buenos Aires.
Intervenimos tanto en la prevención como en la resolución de conflictos entre propietarios, administradores y consorcios.
Consultar ahoraEn Estudio DRI brindamos asesoramiento integral en el régimen de propiedad horizontal, abordando conflictos entre propietarios, consorcios y administradores.
Analizamos cada situación desde una perspectiva legal y práctica, buscando soluciones eficientes que eviten la judicialización innecesaria, sin dejar de proteger los derechos de nuestros clientes.
Intervenimos en:
• Conflictos entre vecinos
• Reclamos por expensas
• Ejecución de expensas
• Impugnación de asambleas
• Reglamentos de copropiedad
• Responsabilidad del administrador
• Nombramiento y remoción de administradores
Consulta tu CasoAsesoramos tanto a consorcios como a propietarios en reclamos vinculados a expensas, incluyendo la ejecución judicial por falta de pago.
Analizamos la legalidad de las liquidaciones, intereses aplicados y procedimientos utilizados, garantizando el respeto de la normativa vigente.
Los conflictos en propiedad horizontal pueden involucrar cuestiones de convivencia, uso de espacios comunes, ruidos, obras o incumplimientos del reglamento.
Intervenimos en la resolución de estos conflictos mediante estrategias legales adecuadas, priorizando soluciones prácticas y efectivas.
Asesoramos en la designación, control y eventual remoción de administradores, así como en la validez de las decisiones adoptadas en asambleas.
Evaluamos la legalidad de las convocatorias, quórum y resoluciones, permitiendo impugnar decisiones cuando corresponda.
El consorcio puede iniciar una ejecución judicial para cobrar la deuda, lo que puede generar intereses y costas adicionales.
Sí, cuando existen irregularidades en la convocatoria, quórum o decisiones adoptadas.
El administrador debe gestionar el consorcio conforme a la ley y al reglamento, pudiendo responder por incumplimientos.
La designación y remoción del administrador se realiza mediante los mecanismos previstos en el reglamento de copropiedad y en la legislación vigente. En determinados casos puede convocarse una asamblea para tratar específicamente su continuidad.
Dependiendo del caso, pueden utilizarse vías extrajudiciales o acciones legales para hacer cesar conductas indebidas.
La responsabilidad depende del origen del problema. Puede corresponder al consorcio cuando proviene de partes comunes o al propietario de una unidad funcional cuando el daño se origina dentro de su propiedad. Es importante determinar correctamente el origen antes de iniciar reclamos.
En principio, la tenencia de mascotas forma parte del uso normal de una unidad funcional. Sin embargo, los propietarios deben evitar molestias al resto de los vecinos y cumplir las disposiciones del reglamento de copropiedad y administración.
Los espacios comunes pertenecen a todos los propietarios y deben utilizarse conforme a su destino, respetando el reglamento de copropiedad y los derechos de los demás consorcistas.
Las expensas ordinarias corresponden a los gastos habituales de funcionamiento y mantenimiento del edificio. Las extraordinarias suelen estar vinculadas a mejoras, reparaciones importantes o gastos excepcionales aprobados por el consorcio.
En muchos casos sí, aunque la posibilidad de destinar una unidad funcional a alquileres temporarios depende de diversos factores, entre ellos el reglamento de copropiedad, el destino del edificio y la normativa aplicable.
Los alquileres temporarios han generado numerosos conflictos en los consorcios durante los últimos años. Por ello, antes de iniciar la actividad o frente a una restricción impuesta por el consorcio, resulta conveniente analizar la situación particular.
Evaluamos su situación y le proponemos la mejor estrategia.
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